Bienvenidos a la Página de Ciudad Jardin Manzana 9

Modificado por Magister en Telecomunicaciones Manuel Rivas Coronel on July 17, 2022  •  Comments (64)  • 

Presentamos esta página WEB con el único afán de informar a los (as) vecinos residentes, de las normas y reglamentos internos establecidos, basados en el reglamento de propiedad horizontal para una convivencia pacífica y armónica!!!

Nosotros Manzana 9 - Los Eucaliptos

Posted by Ing. Manuel Rivas Coronel on July 17, 2021  •  Comments (114)  • 

La Junta Directiva de la Manzana Nueve - Los Eucaliptos, Nos caracterizamos por nuestra capacidad, honestidad y profesionalismo con el que desempeñamos nuestro trabajo.!!!

Esta página contiene información y esta diseñada para todos los residentes de Manzana Nueve Los Eucaliptos - Ciudad Jardín.

Contenidos

Posted by Magister en Telecomunicaciones Manuel Rivas Coronel on July 16, 2021  •  Comments (165)  • 

La convivencia en la Propiedad Horizontal exije de todos y cada uno de los residentes (o usuarios ) la observación puntual de algunas normas, que permiten ejercer plenamente los derechos individuales, sin vulnerar los derechos ajenos. Estas sencillas normas están contenidas en las leyes, decretos y reglamentos que rigen la Propiedad Horizontal, y tienen como único objetivo garantizar la convivencia armónica y pacífica en la comunidad.

Indudablemente la mayor parte de los conflictos que se presentan entre vecinos, y entre estos y la administración, son originados por el incumplimiento de estas normas de convivencia, y el manejo de dichos conflictos en etapa de conciliación, corresponde precisamente al Presidente y al Administrador, o a los órganos administrativos de la copropiedad antes de acudir, de ser necesario, a las autoridades competentes.

La función del Presidente elegido y el o la Administrador (a) incluye necesariamente, como la de todo lider, educar a su comunidad para minimizar los conflictos y brindar un mejor nivel de vida a sus integrantes.

Manual para la Convivencia

Posted by Magister Manuel Rivas Coronel on July 15, 2022  •  Comments (64)  • 

    Del Pago de las Alicuotas

    1. Es responsabilidad del propietario el cumplimiento del pago de las cuotas ordinarias y/o extraordinarias, ya sea que el departamento, y/o casa duplex, estuviesen desocupados u ocupados por el mismo o por terceros.

    2. El pago de las cuotas de mantenimiento correspondientes al Edificio, las casas Dúplex y las áreas comunales, sean ordinarias y/o extraordinarias, deben ser canceladas dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, a fin de permitir el pago puntual de todas las obligaciones.

    3. El retraso en la cancelación de las cuotas ordinarias y/o extraordinarias generará una mora del 10% de la cuota correspondiente a su alícuota a partir del día dieciséis (16) hasta el último día del mes. Si se incurre en el no pago al primer día del mes siguiente se indexará el 5%, el cual se continuará aplicando mensualmente si no se hiciera el pago.


  1. Del uso de las áreas Comunales

    1. Las áreas comunales: escaleras, ascensores, ingreso vehicular, pasillos, etc., están designados para el uso de todos los Residentes con fines de circulación, no con otros fines incluyendo los recreacionales.

    2. El hall de ingreso es un área destinada al tránsito, recepción y espera.

    3. Por motivos de seguridad, está prohibido dejar paquetes, bultos, o cualquier otro tipo de artículo en las áreas comunales.

    4. La colocación de artículos ornamentales en los pasadizos, sólo será posible de común acuerdo entre los propietarios de cada piso y siempre que su presencia no se oponga a las normas de seguridad.

  2. Del Mantenimiento y Cuidado de las áreas Comunales

    1. Cada propietario es responsable de velar por la integridad física del Edificio, casas dúplex, pasillos y escaleras, prestando atención a los siguientes puntos

    2. No se deberá llevar acabo ninguna alteración física (construcción o color de pintura) en las unidades inmobiliarias independizadas ni en las áreas comunales, que afecten la apariencia original exterior y de las zonas comunales del Edificio .

    3. En el caso de construcciones adicionales en las áreas comunales, éstas deberán previamente ser aprobadas por una mayoría calificada correspondiente a los dos tercios de la Junta de Propietarios y por el Municipio de Quito.

    4. Está prohibido que el tendido de ropa invada la fachada exterior o interior del edificio

    5. Las cortinas que den hacia el exterior del edificio deberán ser de colores neutros, de manera que no afecten la armonía de la fachada.

    6. No se puede instalar letreros, anuncios, pegar afiches o calcomanías de cualquier orden en las ventanas exteriores o en la fachada del edificio. Los únicos letreros o anuncios permitidos serán los de venta o alquiler del departamento, los cuales deben respetar el formato de fondo blanco y letras negras, y cuyo tamaño no exceda el de uno de los paños de las ventanas.

    7. Las reparaciones, modificaciones o ampliaciones de las instalaciones del edificio, sean éstas de agua, electricidad, alcantarillado, seguridad y otras, sólo podrán ejecutarse con la autorización expresa de la Junta Directiva de Propietarios.

    8. Se debe respetar el uso de los departamentos que conforman el Condominio, siendo éste de uso exclusivo de Vivienda.

  3. Del uso de Asensores

    1. No mantener la puerta de los ascensores abierta o el ascensor detenido innecesariamente para evitar molestias a los demás usuarios.

    2. No está permitido fumar o comer en los ascensores, ni en general ingresar con cualquier elemento que produzca en ellos, suciedad o malos olores.

    3. Se deberá respetar las normas técnicas de los ascensores en lo que respecta a capacidad y peso

    4. Esta prohibido ingresar con mascotas a los asensores, para el traslado y movilización de éstas se deberá usar las escaleras.

    5. Usuario que de mal uso y dañe los asensores deberá pagar el valor de mantenimiento más la multa establecida

  4. De los Ruidos Molestos

    1. Para que la vida en el Edificio y las casa Dúplex, se desarrolle en la forma apacible, agradable y alturada, será necesario observar fundamentalmente las siguientes pautas

    2. Está prohibido producir ruidos en las áreas comunales del edificio que alteren la paz y tranquilidad de los residentes, especialmente en horas de la noche. Asimismo, se deberán respetar la moral y las buenas costumbres, evitando protagonizar escándalos en el Edificio y casas Dúplex.

    3. Todas las actividades familiares o reuniones sociales deberán realizarse dentro de los límites de los departamentos. Dichas reuniones deberán mantener un volumen moderado de música y voces, para no ocasionar ruidos molestos.

    4. En caso de requerirse realizar trabajos o arreglos que produzcan ruidos molestos, el horario deberá ser el siguiente: De lunes a viernes de 9:00am a 6:00pm y sábados y domingos de 9:00am a 2:00pm.

    5. Toda comunicación desde el edificio hacia el exterior deberá hacerse por intermedio del intercomunicador y no desde balcones, ventanas o por medio del claxon (pito del vehículo) u otros elementos que produzcan ruidos molestos.

    6. Está prohibido tocar el claxon (pito del vehículo) en el área de estacionamientos o en el ingreso, con ninguna excepción.

  5. De las Mudanzas

    1. Cuando se realice una mudanza, ésta debe ser avisada previamente a la oficina de administración, con una anticipación no menor de 24 horas. El horario para las mudanzas es el siguiente: De Lunes a Sábado de 9:00 a 21:00 horas. Los días Domingos no están permitidas las mudanzas.

    2. El personal que efectúe la mudanza deberá registrarse con su Cédula de Identidad en la portería (Garita).

    3. No está permitido el ingreso de vehículos de mudanzas al área de estacionamientos: éstos deberán permanecer en el área externa del edificio sin obstaculizar el libre tránsito.

    4. Los bultos deberán transportarse por los ingresos de los parqueaderos.

    5. En los casos que sea necesario el uso de los ascensores, se deberá observar las siguientes pautas: Coordinar previamente con el personal de la administración, la que dispondrá la supervisión del peso, volumen y naturaleza de la carga, para evitar que se produzcan daños a la cabina del ascensor y a las áreas comunales.

    6. La persona que utilice el ascensor para este efecto deberá identificarse y registrarse en el cuaderno de ocurrencias de portería, detallándose las características y datos de lo que se traslada. Además en estos casos el propietario deberá instalar mantas acolchadas y planchas de material idóneos para la protección de las paredes y el piso del ascensor.

    7. De producirse algún daño el propietario asumirá en su totalidad el costo de la refacción.

  6. Del Uso de los Parqueaderos

    1. El ingreso de vehículos ajenos al edificio que deberá ser informado a la portería por el residente autorizado, Dichos vehículos deberán estacionarse los espacios del propietario que autoriza su ingreso.

    2. Cada propietario deberá estacionar su vehículo en sus respectivos parqueadero cuidando de no invadir las parqueaderos vecinos ni de obstaculizar las áreas comunes.

    3. Cualquiera que estacione su vehículo en un parqueadero que no es de su propiedad, deberá mostrar la autorización correspondiente del propietario del parqueadero o el propietario deberá autorizarlo verbalmente a la garita del edificio o a la oficina de administración.

    4. Verificar que su(s) vehículo(s) no tenga(n) fugas de aceite para evitar manchar el piso de los estacionamientos. En caso de que las tuviera colocar un protector, mientras soluciona el desperfecto.

    5. La emisión de gases de los vehículos deberá estar regulada según lo que dicta ley sobre control de monóxido de carbono.

    6. No se podrá utilizar los estacionamientos para hacer reparaciones a los vehículos, salvo las de emergencia como cambio de llantas, baterías o similares para reparaciones mayores, deberá llevar el vehículo fuera del edificio hasta el taller u otro lugar para tal efecto, deberá coordinarse con la garita para el ingreso de la grúa de ser necesario.

    7. Está terminantemente prohibido el ingreso de vehículos de servicio de taxi al área de estacionamiento.

    8. En caso de alquiler de estacionamientos, el Propietario deberá velar porque el contrato se celebre con personas de su entera confianza, además de brindar toda la información requerida a la Administración para su registro. ( identificación, placa del vehículo, duración de contrato, entre otros).

    9. Los niños no deben ingresar al área de estacionamientos como zona de recreación por seguridad la circulación de los niños en la zona de estacionamientos debe ser bajo la vigilancia de una persona adulta responsable.

    10. No está permitido lavar los vehículos dentro del área de estacionamientos.

  7. De la Eliminación de la Basura

    1. Los residentes deberán depositar la basura solamente en los lugares establecidos para la basura, junto las puertas de ingresos a los parqueaderos del edificio.

    2. De acuerdo a las normas municipales vigentes, con fines de preservar la salubridad y la higiene se recomienda que la disposición de la basura contemple las siguientes consideraciones:

        Los envases, en especial aquéllos voluminosos, deben comprlmirse antes de descartarse, para no ocupar más espacio que el debido en el limitado espacio con el que se cuenta para la basura.

        Retirar las tapas a las botellas de plástico y aplastarlas para reducir su volumen.

        Aplastar las latas de bebidas u otros

        Separar las cajas de cartón y de papel y cartón, vidrios y plásticos, de los residuos orgánicos

    3. La basura debe descartarse en bolsas muy bien cerradas cuidando que no contengan objetos punzo cortantes que puedan perforar las bolsas durante su traslado.

    4. No se debe echar ningún tipo de líquido a la basura.

    5. Objetos de deshecho como artefactos en desuso, muebles, material de construcción. etc. NO SE CONSIDERA BASURA por lo que su manipulación y traslado fuera del edificio es de responsabilidad del propietario.

    6. Está prohibido el traslado de basura por los ascensores.

    7. Está prohibido colocar la basura domestica, en los minibasureros colocados en los alrededores de los parqueaderos y de las areas de la manzana.

  8. Del cuidado de las Mascotas

    1. Toda mascota deberá someterse a evaluación por la Junta Directiva de Propietarios.

    2. En los Edificios, las mascotas deberán circular sólo por las escaleras.

    3. Las mascotas deberán estar siempre acompañadas por una persona responsable y tener colocadas su respectiva correa.

    4. En el caso que la mascota ensuciara o produjera algún daño en las áreas comunes del edificio, el dueño se hará responsable de la inmediata limpieza o reparación, según sea el caso.

    5. Las mascotas para transitar por áreas verdes y lugares de transito de la manzana deberán portar en todo momento su collar y correa

    6. Los propietarios son los responsables de la limpieza de desechos de su mascota

  9. De las Medidas de Seguridad

    1. Antes de salir del departamento o casa duplex, asegurarse de que los grifos de agua y gas estén cerrados.

    2. Al salir del edificio asegurarse de que las puertas del mismo, principal o de estacionamiento, queden cerradas.

    3. Verificar constantemente que no existan fugas en los servicios de agua y gas.

    4. Será responsabilidad del GUARDIA DE SEGURIDAD, confirmar con el propietario o inquilino la solicitud de algún servicio particular, tales como: instalación de cable, líneas telefónicas, delivery de comida u otros similares.

    5. El propietario deberá avisar a la Garita de seguridad cuando el personal que visita el edificio, finalice su labor para que pueda verificarse su retiro del mismo.

    6. Se prohíbe dar llaves de acceso a la entrada principal a toda aquella persona ajena al edifico, quedando estrictamente sólo para el uso de los residentes.

    7. Está prohibido dejar objetos tales como bicicletas, patines, motos, etc en lugares que no sean los indicados. Así como dejar desperdicios y objetos que dañen el ambiente del lugar.

    8. Todo vehículo de carga que entre o salga del conjunto, estará sujeto a revisión por parte del Servicio de Vigilancia.

  10. De los daños en áreas Comunales

    1. Los eventuales daños en áreas comunes que sean resultado de caso fortuito o fuerza mayor serán asumidos por cuenta de todos los propietarios conforme al porcentaje de participación en los gastos comunes del Edificio.

    2. Los eventuales daños causados por algún residente o las personas bajo su responsabilidad (visitantes, familiares, trabajadores, inquilinos, etc.) serán asumidos íntegramente por el propietario.

  11. De los Inquilinos

    1. Los Propietarios que alquilen departamentos, están obligados a informar a la Administración de los datos personales del inquilino así como del período de alquiler acordado.

    2. Los propietarios que alquilen departamentos, deberán incorporar en los respectivos contratos de alquiler una cláusula en donde se estipule que el inquilino está obligado a observar y cumplir las presentes normas de convivencia, precisándose que su incumplimiento será causal de resolución del contrato de alquiler y la pérdida del depósito de garantía y/o adelanto.

    3. Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula precedente, el inquilino que incumpla reiteradamente con las normas de convivencia, podrá ser declarado persona no grata por los residentes del edificio y su contrato quedará automáticamente resuelto, debiendo hacer entrega de las llaves del apartamento y retirarse del mismo dentro de las 24 horas siguientes a la comunicación escrita.

  12. De los Servicios de Guardianía y Mantenimientos

    1. El Conjunto Residencial Ciudad Jardin Manzana 9, Los Eucaliptos, tendrá un Servicio de vigilancia, que será contratado para cubrir las necesidades de seguridad de todos; y no podrá ser requerido o distraído de sus labores habituales por ningún residente para efectuar trabajos ajenos a los encomendados por la Administración o la Junta directiva, salvo emergencias plenamente justificadas.

    2. El Guardia de Seguridad está prohibido de abandonar su puesto de trabajo sin motivo justificado, así como de realizar trabajos o labores ajenas a su competencia para otros propietarios, inquilinos o cualquier otra persona, en su horario de trabajo regular.

    3. Es responsabilidad del Guardia de Seguridad verificar que las puertas (ingreso peatonal, parqueaderos e interiores) permanezcan cerradas en todo momento.

    4. Es responsabilidad del Guardia de Seguridad velar por la seguridad interna del edificio.

    5. Es responsabilidad del Guardia de Seguridad registrar en el cuaderno de ocurrencias el ingreso y salida de personas ajenas al edificio, y, siempre las personas ajenas al edificio deben ingresar acompañadas de un propietario o inquilino.

    6. Toda revisión de servicios básicos en áreas comunes deberá ser autorizada por el Guardia de Seguridad, previa autorización de la Administración, quienes deberá solicitar las identificaciones correspondientes antes del ingreso del personal y verificar que todo quede en orden luego del trabajo.

    7. El Guardia de Seguridad deberá recibir la correspondencia de los propietarios o inquilinos y colocarla en los casilleros respectivos. Las notificaciones notariales, cartas judiciales, documentos importantes o dinero, deberán ser recibidas directamente por el propietario o inquilino.

    8. Es responsabilidad del Guardia de Seguridad procurar la tranquilidad general del edificio y casas dúplex, haciendo cumplir las disposiciones correspondientes a ruidos molestos, mascotas y horarios de trabajos de reparación en departamentos.

    9. El Personal de Limpieza no está autorizado a realizar trabajos particulares para ningún propietario o inquilino durante su horario de trabajo.

    10. El (a) Administrador es el (a) encargado (a) de la supervisión del personal del edificio.

    11. El (a) Administrador es el (a) que deberá planificar y coordinar todas las tareas de mantenimiento del edificio a fin de procurar el buen funcionamiento del mismo, presentando un plan anual de trabajo conjuntamente y bajo la autorización del Presidente y de la Junta Directiva de propietarios.

    12. Es función del Administrador (a) procurar conseguir las mejores condiciones técnicas y económicas para las adquisiciones de bienes, materiales y servicios en general.

    13. Es responsabilidad del Administrador (a) rendir cuentas en relación al personal y a los ingresos y egresos del edificio.

    14. La Administración tiene la autoridad para hacer cumplir las normas de convivencia aprobadas por Asamblea y contenidas en este manual por lo que deberá ser tratado con el debido respeto en los alcances del ejercicio de sus funciones.

  13. De la aplicación de las Penalidades

    1. En caso del incumplimiento reiterado de las normas descritas u otra no considerada, pero que atente contra la pacífica convivencia en el Edificio y las casas Dúplex, la Administración o de ser el caso la Junta Directiva procederá con una amonestación verbal en primera instancia y en caso de no encontrar una respuesta adecuada, con una amonestación escrita, y de ser el caso requerir del conocimiento y acción de las diferentes estancias legales.

    2. De persistir en el incumplimiento de sus deberes y obligaciones de acuerdo con las normas de convivencia descritas en el presente documento, se aplicará una sanción económica establecida.

    3. Se considera falta y es penado con multa la no asistencia a las reuniones generales, ordinarias y extraordinarias convocadas por la Administración o la Junta Directiva de propietarios, con excepción de excusas debidamente formalizadas por escrito en el respectivo formato.

  14. De las Quejas, Recomendaciones y Sugerencias

    1. Los propietarios y residentes deben poner todo de su parte en cuanto a la tolerancia y respeto por la vida privada de los vecinos así como por el respeto a la moral y las buenas costumbres tal como se entienden en el contexto de nuestra sociedad, a fin de mantener una convivencia pacífica y alturada en el condominio.

    2. En caso de tener un reclamo, recomendación o sugerencia, se deberá dirigir por escrito a la Administración, y, si no se resolvieré el problema, se acudirá a la Junta Directiva de propietarios, dejándola en los buzones físicos y/o electrónicos implementados para la recepción, donde constará los datos completos más el número de cédula del propietario.

    3. El Propietario o Inquilino que falte a este Reglamento será sancionado por la Junta directiva del conjuto Residencial.

    4. La morosidad en pago se produce a partir del día 16 del mes, generándose así intereses de mora y cualquier concepto u honorario por gestiones de cobranza.

    5.